lunes, 2 de mayo de 2016

DERECHOS LABORALES DEL TRABAJADOR

Los derechos de los trabajadores (bajo relación de dependencia) a la seguridad social son irrenunciables (Art. 34 de la constitución de la república del Ecuador y Art. 4 del código de trabajo.
Beneficios.- Tienen derecho al seguro de enfermedad, maternidad, invalidez, vejez, cesantía, muerte y de riesgos del trabajo, en las mismas condiciones que se otorga para el seguro general.
Aportes.- Los trabajadores cotizan un total del 20,25% del salario o sueldo, correspondiendo al patrono el 11,15% y al trabajador el 9,45% (A partir de enero del 2014).
Requisitos para inscripción al IESS
Copia de la cedula de identidad y papeleta de votación del patrono y del empleado (a color).
Copia del contrato de trabajo debidamente legalizado en el Ministerio de Trabajo.
Copia del comprobante del último pago de agua, luz o teléfono del patrono.
Sueldos y salarios: A partir del 2010 el sueldo mensual mínimo que se debe cancelar es de 366 dólares americanos mensuales.
Décimo cuarto sueldo.- Consiste en el sueldo básico unificado vigente. Este valor será pagado completo siempre y cuando el trabajador haya cumplido más de un año en la empresa, caso contrario se le pagara una parte proporcional del décimo cuarto sueldo.
Décimo tercer sueldo.- o bono navideño, deberá ser cancelado para todos los trabajadores del país hasta el 24 de diciembre. Es una suma de todos los valores percibidos durante el año, esto es, remuneraciones mensuales, viáticos, bonificaciones por trabajos realizados dividido para 12.
Fondos de reserva.- Tiene derecho el trabajador que preste servicios por más de un año y que corresponda al pago mensual de 8,33% de la remuneración aportada al IESS, lo que permitirá al trabajador acceder a los préstamos que otorga esta entidad o se lo puede pagar mensualmente.
 


                                                                                                                             

Procedimiento para la contratación de personal

REQUERIMIENTO: Documento mediante el cual se deja constancia de una necesidad o solicitud de una contratación.
TÉRMINOS DE REFERENCIA: Los términos de referencia contienen las justificaciones de la contratación, así como las especificaciones técnicas, objetivos y estructura de cómo ejecutar un determinado estudio, trabajo, proceso de contratación. etc.
CERTIFICACIÓN PRESUPUESTARIA: Acto de administración, cuya finalidad es garantizar que se cuenta con el crédito presupuestario disponible y libre de afectación, para comprometer un gasto con cargo al presupuesto institucional autorizado para el año fiscal respectivo, previo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que regulen el objeto materia del compromiso. Dicha certificación implica la reserva del crédito presupuestario, hasta el perfeccionamiento del compromiso y la realización del correspondiente registro presupuestario.
DOCUMENTO: Es una carta, diploma o escrito que ilustra acerca de un hecho, situación o circunstancia. También se trata del escrito que presenta datos susceptibles de ser utilizados para comprobar algo.
DOCUMENTOS HABILITANTES: Son documentos presentados por el servidor a ser contratado, mediante los cuales presenta datos oficiales a fin de que se
DECLARACIÓN JURAMENTADA: La declaración jurada es un documento por medio del cual una persona declara como verdadero –bajo responsabilidad aspectos relacionados con su condición personal, laboral, judicial o profesional.
IMPEDIMENTO: Un impedimento es una cosa, hecho o circunstancia que obstaculiza la consecución de la contratación. 
NEPOTISMO: es el acto ilegal ejecutado por un funcionario en la designación hecha dentro de la misma institución, a favor del cónyuge, conviviente o parientes comprendidos hasta el cuarto grado de consanguinidad y el segundo de afinidad.
PLURIEMPLEO: Situación social caracterizada por el desempeño al mismo tiempo de más de un puesto o cargo dentro del sector público por la misma persona.
INFORME TÉCNICO: Exposición por escrito de las circunstancias, datos o hechos emitidos por la Dirección de Talento Humano a la Máxima Autoridad respecto a un argumento o un contenido, en otras palabras es un documento que describe el estado de la contratación a realizarse.
CONTRATO: Contrato es un término con origen en el vocablo latino contractus que nombra al convenio o pacto, ya sea oral o escrito, entre partes que aceptan ciertas obligaciones y derechos sobre una materia determinada. El documento que refleja las condiciones de este acuerdo también recibe el nombre de contrato.
CONTRATO DE SERVICIOS OCASIONALES: Son contratos de prestación de servicios que pueden celebrarse si así se lo requiera una entidad estatal, a fin de desarrollar actividades complementarias para la mejora de los procesos que lleva internamente la institución.
CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES: Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos solo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con el personal de planta o requieran conocimientos especializados.
CONTRATO BAJO CÓDIGO DE TRABAJO: Son aquellos mediante los cuales una persona se obliga mediante una retribución, a prestar un servicio personal a otra, estos tipos de contratos podrán ser: o • Por tiempo fijo, por tiempo indefinido, de temporada, eventual y ocasional;